consentimiento indígena - Constitución - Chile

El consentimiento indígena podría frenar decisiones estatales

Los alcances en que se requiere el consentimiento indígena podrían extenderse a la construcción o reparación de caminos o carreteras, instalaciones de hidroeléctricas o recintos de salud.

La confusa redacción de un artículo de la nueva Constitución relacionado con el consentimiento indígena, permitiría que los pueblos originarios frenen decisiones que involucren a todo el país.

Expertos constitucionalistas consideran que la forma en que quedó escrita la Constitución podría motivar a que por las «autonomías territoriales» los indígenas puedan exigir o impedir el ingreso de militares o evitar la construcción de infraestructura pública y privada.

El artículo de la propuesta de nueva Constitución señala que «los pueblos y naciones indígenas deberán ser consultados y otorgarán el consentimiento libre, previo e informado en aquellas materias o asuntos que les afecten en sus derechos reconocidos en esta Constitución»; una situación que los pondría en una situación privilegiada de tomar decisiones argumentando que cualquier tema que deseen es de su competencia.

En la práctica los pueblos originarios se asegurarán de que nada pueda cambiar sin ellos, mientras que al tener poder de veto se asegurarán de que todas las normas legislen a su favor y no obstante a favor del pueblo chileno en general.

Académicos como Manuel Núñez (U. Católica de Valparaíso) y Javier Couso (U. Diego Portales), y dirigentes mapuches como Richard Caifal (Fundación Rakizuam) concuerdan en que es una redacción imperfecta porque los alcances en que se requiere el consentimiento pueden, según algunos, extenderse a la construcción o reparación de caminos o carreteras, instalaciones de hidroeléctricas o recintos de salud.

Núñez afirma que la forma correcta de leer el artículo es en el contexto de entidades territoriales, pero que, dada la redacción, existe el riesgo de que a futuro personas o colectivos hagan una interpretación amplia de la norma y exijan el consentimiento frente a emprendimientos privados o licitaciones de parques nacionales.